Naturaleza de la Sucesión por Causa de Muerte en la Legislación Ecuatoriana
Resumen
La sucesión por causa de muerte se define como un modo derivativo y gratuito de adquirir el dominio de los bienes, derechos y obligaciones transmisibles de una persona fallecida. Este proceso legal armoniza tres intereses fundamentales: la voluntad del causante (libertad de testar), el bienestar familiar (mediante asignaciones forzosas) y el interés social (a través de impuestos y la designación del Estado como sucesor último). Una de sus particularidades más notables es la posesión legal, una ficción jurídica que otorga al heredero la posesión de la herencia desde el momento en que es deferida, incluso si este lo ignora, para garantizar la continuidad del patrimonio. Por otro lado, aunque la posesión efectiva ya no es un requisito indispensable para la venta o hipoteca de inmuebles hereditarios desde 1921, sigue siendo una herramienta de jurisdicción voluntaria crucial para mantener la historia del dominio inscrito y permitir que herederos putativos de buena fe puedan adquirir la propiedad por prescripción. En definitiva, el sistema busca evitar el abandono de los bienes y proteger la seguridad jurídica de la transferencia patrimonial.
Palabras clave
Sucesión mortis causa, Patrimonio transmisible, Asignaciones forzosas, Modo de adquirir, Prescripción adquisitiva