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Fuentes del Derecho

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Resumen

El texto analiza la problemática conceptual de las "fuentes del derecho", criticando la persistencia de una metáfora hidrológica —el derecho como un manantial— que resulta insuficiente para la complejidad de la ciencia jurídica actual. Desde Savigny, la academia ha arrastrado una visión reduccionista que limita el término al origen o a los medios de expresión del derecho positivo. El autor sostiene que esta analogía naturalista no abarca las dimensiones técnicas de cómo, quién y para quién se crea la norma, sugiriendo una transición hacia una terminología más precisa que supere la equivocidad del lenguaje común.

Frente a las posturas del positivismo, que restringen las fuentes a fenómenos visibles y experienciales, el texto destaca perspectivas que definen las fuentes como criterios de objetividad. Bajo este enfoque, las fuentes son los "lugares comunes" o loci a los que acuden jueces, legisladores y abogados para dotar de autoridad y consenso a sus decisiones. En última instancia, el estudio de las fuentes se plantea como una búsqueda de tópicos jurídicos que permitan asentar el razonamiento legal sobre bases respetadas, ya sea por su evidencia analítica o por el imperium que las respalda, superando así el debate entre el nominalismo anglosajón y el realismo de la tradición romanista.

Palabras clave

Fuentes del derecho, Iusfilosofía, Metáfora hidrológica, Criterios de objetividad, Nominalismo vs. Realismo

Cómo citar

S. Andruet, A. (1993). Fuentes del Derecho. Revista Jurídica, (8), 409–430. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/156

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