Ir al menú de navegación principal Ir al contenido principal Ir al pie de página del sitio

Responsabilidad Civil: Orígenes y diferencias respecto de la responsabilidad penal

PDF

Resumen

La responsabilidad civil ha evolucionado desde la venganza privada y la Ley del Talión hasta convertirse en una institución jurídica autónoma, diferenciada de la responsabilidad penal. Mientras que el Derecho Romano no logró separar plenamente la reparación del castigo, la escuela del Derecho Natural y el posterior Código Civil francés (fuente del ecuatoriano) establecieron que la responsabilidad civil se fundamenta en la reparación del daño y no en la imposición de una pena.

La distinción central reside en la naturaleza del hecho ilícito: si el acto está tipificado por el legislador como delito, genera responsabilidad penal (punitiva); si el acto causa un perjuicio patrimonial, genera responsabilidad civil (indemnizatoria). Un mismo hecho puede dar lugar a ambas simultáneamente. Además, existen diferencias operativas cruciales: la responsabilidad civil alcanza a personas jurídicas y es transmisible a los herederos, mientras que la penal es estrictamente personalísima. Asimismo, la capacidad legal varía, pues en materia civil la responsabilidad puede determinarse desde los siete años (bajo discernimiento), mientras que la penal se fija a los dieciocho. En definitiva, la responsabilidad civil moderna busca restaurar el equilibrio patrimonial roto por la culpa o el dolo del agente.

Palabras clave

Reparación del daño, Hecho Ilícito, Ley Aquilia, Indemnización, Culpa y Dolo, Responsabilidad Civil, Responsabilidad Penal

Cómo citar

Oramas Cross, A. (1995). Responsabilidad Civil: Orígenes y diferencias respecto de la responsabilidad penal. Revista Jurídica, (10), 58–65. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/183

Descargar cita