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El juramento deferido (laboral). Puede rendirse por apoderado. No es ilegal

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Resumen

El texto analiza la controversia jurídica sobre si un procurador judicial puede rendir el juramento deferido en representación de un trabajador en un juicio verbal sumario. La parte demandada sostuvo que dicho acto es personalísimo e indelegable; sin embargo, la tesis acogida por la judicatura determinó que esta pretensión es plenamente legal. El argumento central radica en que el juramento deferido laboral es una figura sui géneris distinta a la confesión civil tradicional: mientras que en la civil se reconoce algo contra sí mismo, en la laboral es la Ley la que defiere a la declaración del trabajador para salvaguardar sus derechos.

Apoyándose en el Código de Procedimiento Civil, se establece que si un apoderado está investido con cláusula especial, tiene la facultad de absolver posiciones y deferir al juramento decisorio. Bajo el principio jurídico de que "quien puede lo más, puede lo menos", si un procurador puede rendir una confesión judicial (que es un acto de disposición sobre derechos propios), con mayor razón puede cumplir con el juramento deferido laboral. En conclusión, la actuación por interpuesta persona no solo es válida, sino que constituye plena prueba siempre que el apoderado esté legítimamente constituido, desvirtuando así la supuesta obligatoriedad de la comparecencia personal del actor.

Palabras clave

Juramento deferido, Poder especial, Representación legal, Juicio verbal sumario, Procurador judicial, Derecho laboral

Cómo citar

Cabezas Parrales , L. (1996). El juramento deferido (laboral). Puede rendirse por apoderado. No es ilegal. Revista Jurídica, (12), 24–25. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/201

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