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Protección a los distribuidores de compañías extranjeras y Proyecto de ley para los concesionarios comerciales

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Resumen

Entre 1976 y 1997, el marco legal ecuatoriano para agencias y distribuciones extranjeras transitó desde un proteccionismo riguroso hacia la libertad contractual. El Decreto-ley 1038-A otorgó una protección extraordinaria al concesionario nacional, permitiendo indemnizaciones millonarias por terminación unilateral sin "justa causa", calculadas sobre inversiones, inventarios y la plusvalía del negocio. Sin embargo, la imprecisión técnica de esta norma facilitó abusos judiciales y enriquecimientos injustificados. En 1996, la Ley 125 intentó reformar este esquema con carácter retroactivo, excluyendo a los fabricantes locales de productos extranjeros y limitando las cuantías indemnizatorias, aunque fue criticada por su cuestionable constitucionalidad y por desproteger a quienes realizaban mayores inversiones de riesgo.

Finalmente, en septiembre de 1997, la Ley 22 derogó ambos cuerpos legales debido a presiones diplomáticas y corporativas, salvaguardando únicamente los derechos adquiridos en procesos judiciales previos. Actualmente, estas relaciones se rigen por el principio de autonomía de la voluntad, donde las partes pactan libremente las condiciones de rescisión. El autor concluye que, si bien las leyes proteccionistas son instrumentos de orden público válidos para equilibrar fuerzas contractuales desiguales —como ocurre en el derecho comparado—, en el caso ecuatoriano su deficiente redacción permitió que una herramienta de justicia social se desviara hacia el beneficio desmedido de una de las partes.

Palabras clave

Distribución y agencia, Plusvalía del negocio, Autonomía de la voluntad, Leyes proteccionistas, Indemnización por daños

Cómo citar

Macías Carmigniani, M. (1999). Protección a los distribuidores de compañías extranjeras y Proyecto de ley para los concesionarios comerciales. Revista Jurídica, (13), 134–146. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/249

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