El Ecuador y la Implementación del Estatuto de Roma en el Derecho Interno y Otras Cuestiones de Derecho Penal Internacional
Resumen
Este texto analiza la incorporación del Estatuto de Roma en el ordenamiento jurídico de Ecuador, subrayando que su ratificación no solo responde a una estructura penal, sino a un compromiso con el Derecho Internacional Público. A diferencia de otros países de la región con historias de guerra civil o violaciones sistemáticas de derechos humanos, Ecuador ratificó el Estatuto en 2002 bajo un contexto de relativa estabilidad interna, aunque condicionado por su dependencia económica y la violencia en sus fronteras.
El análisis destaca que el Tribunal Constitucional dictaminó la plena armonía entre el Estatuto y la Constitución ecuatoriana, rechazando la necesidad de reformas previas. Se establece que el Estatuto prevalece sobre las leyes secundarias y se integra al sistema nacional bajo el principio de complementariedad, lo que significa que la Corte Penal Internacional (CPI) no sustituye a las judicaturas nacionales, sino que actúa contra la impunidad cuando el Estado no puede o no quiere hacerlo. Finalmente, el autor sostiene que la implementación efectiva requiere una ley que regule la cooperación técnica (detenciones, pruebas y protección de víctimas), consolidando a los derechos humanos como un valor universal e indiscutible que debe tutelarse de manera directa e inmediata para garantizar la dignidad de la especie humana.
Palabras clave
Estatuto de Roma, Corte Penal Internacional (CPI), Ratificación, Cooperación internacional, Impunidad