La Vigencia de las Garantías Constitucionales del Debido Proceso
Resumen
La Constitución ecuatoriana de 1998 marcó un hito en la protección de los derechos fundamentales, definiendo al Ecuador como un Estado social de derecho donde impera la ley sobre la arbitrariedad. En este marco, el debido proceso surge como la institución jurídica que agrupa las garantías indispensables para limitar el poder punitivo del Estado (ius puniendi), adquiriendo máxima relevancia en el ámbito penal al proteger la libertad personal. El texto distingue claramente entre el "derecho", como facultad intrínseca del ser humano, y la "garantía", entendida como el escudo procesal que asegura su cumplimiento o reparación ante vulneraciones.
Históricamente, el debido proceso es una conquista frente a la barbarie de épocas pretéritas, como las ordalías o la Inquisición, donde imperaba la autojusticia y la tortura. Un pilar fundamental de este sistema es la presunción de inocencia, un estado jurídico universal que traslada la carga de la prueba (onus probandi) exclusivamente al Estado. El autor advierte sobre el peligro de la estigmatización social provocada por los medios de comunicación, recordando que el proceso penal es en sí mismo un sufrimiento para el individuo. Por ello, la justicia debe actuar como un límite infranqueable que garantice una administración imparcial y el respeto absoluto a la dignidad humana.
Palabras clave
Debido Proceso, Estado de Derecho, Presunción de Inocencia, Ius Puniendi, Onus Probandi