Ir al menú de navegación principal Ir al contenido principal Ir al pie de página del sitio

Oralidad en el Proceso

PDF

Resumen

El texto analiza la evolución y las falencias del marco constitucional ecuatoriano respecto a la transición del sistema procesal escrito hacia la oralidad. Aunque las Constituciones de 1998 y 2008 establecieron que el proceso es un medio para la justicia basado en principios de inmediación, celeridad y eficiencia, el autor denuncia que estos preceptos suelen ser "letra muerta". La falta de contacto directo entre el juez y las partes, sumada a presupuestos insuficientes y al apego de los magistrados a la escritura, perpetúa un sistema lento y burocrático donde la justicia se ve sacrificada por formalidades.

El resumen destaca que la oralidad no es solo una metodología, sino una garantía del debido proceso que permite el ejercicio real del derecho a la defensa y la contradicción de pruebas en audiencias públicas. A pesar de avances en materias penal y laboral, el sistema civil sigue siendo predominantemente escrito. El autor concluye que el mandato constitucional y los tratados internacionales (como la Convención Interamericana de Derechos Humanos) obligan a los jueces a adoptar el sistema de audiencias para evitar la arbitrariedad y asegurar una justicia transparente y oportuna, recordándoles que "quien no tiene tiempo para oír, no tiene tiempo para ser juez".

Palabras clave

Oralidad, Debido proceso, Inmediación, Celeridad, Sistema escrito

Cómo citar

Falconi Puig , J. (2010). Oralidad en el Proceso. Revista Jurídica, (27), 419–442. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/508

Descargar cita