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Intervención judicial de la empresa y de los holding peculiares comerciales de responsabilidad limitada, en suspensión de pagos, en la Roma Clásica

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Resumen

En los últimos siglos de la República romana, los pretores y la jurisprudencia desarrollaron un sofisticado sistema de acciones adyecticias para regular el comercio y la responsabilidad civil de los empresarios. El pilar de este sistema fue el peculio, concebido como una entidad patrimonial autónoma que permitía la creación de empresas de responsabilidad limitada, separando el capital privado del dueño del capital de riesgo del negocio. Ante situaciones de insolvencia o suspensión de pagos, los jueces aplicaban el principio procesal melior est peculio occupantis (es mejor la condición de quien ocupa el peculio), el cual regía el concurso de acreedores. Bajo este axioma, la justicia romana no establecía una paridad absoluta, sino que el juez fiscalizaba los intereses contrapuestos de dueños, proveedores y clientes, determinando órdenes de prelación y preferencia para el cobro de créditos sobre la masa patrimonial quebrada. Este modelo permitió el desarrollo de estructuras complejas, como los holdings de empresas peculiares, y sentó las bases históricas para el derecho concursal moderno y la limitación de responsabilidad patrimonial frente a terceros.

Palabras clave

Limitación civil de responsabilidad, Prelación de créditos, Peculio, Concurso de acreedores, Acciones adyecticias, Quiebra judicial, Derecho mercantil romano

Cómo citar

Suárez Blázquez, G. (2011). Intervención judicial de la empresa y de los holding peculiares comerciales de responsabilidad limitada, en suspensión de pagos, en la Roma Clásica. Revista Jurídica, (30), 352–364. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/549

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