Impugnación de un Juicio de Posesión Efectiva
Resumen
El Abogado Enrique, en representación de doña Julia (viuda de don Juan), impugna la demanda de posesión efectiva presentada por los señores Jacinto y Antonio. El procurador sostiene que los demandantes no han acreditado su calidad de herederos, ya que el documento en el que fundan su pretensión carece de las solemnidades legales de un testamento (sea abierto, cerrado o privilegiado) y no constituye un instrumento público al no estar autorizado por funcionario competente. Al ser un mero "instrumento privado", carece de valor para conferir derechos sucesorios. En contraste, doña Julia demuestra su condición de cónyuge supérstite y única heredera universal mediante una sentencia previa de posesión efectiva, debidamente ejecutoriada e inscrita en el Registro de la Propiedad. Por tanto, solicita al Juez que rechace la demanda de los terceros por improcedente y ordene el archivo de la causa, basándose en el principio de que solo el heredero legítimo puede ejercer la posesión de los bienes del difunto.
Palabras clave
Posesión Efectiva, Testamento Solemne, Vocación Hereditaria, Cónyuge Supérstite, Instrumento Público, Sucesión Intestada