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El Fideicomiso Público

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Resumen

El texto analiza la evolución del fideicomiso mercantil en Ecuador desde su incorporación al Código de Comercio en 1993, centrífugándose en la competencia de las entidades del sistema financiero público para actuar como fiduciarios. Inicialmente reservado a la banca privada y administradoras de fondos, el sector público ha manifestado un creciente interés en este servicio, generando dudas sobre su legalidad y naturaleza jurídica dentro del derecho bancario público. El autor sostiene que, basándose en el Artículo 212 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero (LGISF), las entidades públicas pueden realizar operaciones permitidas a la banca privada —incluida la administración fiduciaria— previa autorización de la Junta Bancaria y cumplimiento de sus leyes orgánicas.

El análisis detalla las facultades específicas de instituciones clave: el Banco Central del Ecuador, como ejecutor de política monetaria y fiduciario de fondos de descentralización; el Banco del Estado, enfocado en proyectos del sector público; y el Banco Nacional de Fomento, facultado para actuar como agente fiduciario de fondos gubernamentales y de fomento. No obstante, el autor advierte que la aplicación del fideicomiso en el sector público plantea desafíos complejos, especialmente en cuanto a la responsabilidad de los patrimonios autónomos y el endeudamiento estatal, sugiriendo que la normativa debe armonizar la naturaleza del fideicomiso con los principios de limitación del poder público y solvencia financiera.

Palabras clave

Fideicomiso mercantil, Fiduciario, Patrimonio autónomo, LGISF (Ley General de Instituciones del Sistema Financiero), Competencia legal

Cómo citar

Gonzalez Torre, R. (1999). El Fideicomiso Público. Revista Jurídica, (13), 55–66. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/245

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