¿Normativismo Radical o Normativismo Moderado?
Resumen
Este texto analiza el funcionalismo moderado de Claus Roxin, una corriente de la dogmática penal alemana que busca superar el causalismo y el finalismo mediante la integración de la política criminal en la estructura del delito. A diferencia del funcionalismo radical de Jakobs, Roxin mantiene un sistema tripartito (tipicidad, antijuridicidad y responsabilidad) pero redefine cada categoría bajo criterios de prevención y garantismo. Su postulado central es que el Derecho penal debe orientarse a la protección de bienes jurídicos, entendidos como circunstancias reales que permiten la coexistencia pacífica en un Estado social y democrático de Derecho.
En la aplicación práctica, Roxin introduce la imputación objetiva en la tipicidad para limitar la responsabilidad a riesgos jurídicamente desaprobados. En cuanto a la culpabilidad, que él prefiere denominar responsabilidad, propone que esta no solo dependa de la imputabilidad del sujeto (base ontológica), sino también de la necesidad de pena desde una perspectiva de prevención especial y general. Finalmente, su teoría unificadora de la pena sostiene que la sanción cumple distintas funciones según la etapa: prevención general en la conminación legal, una combinación de prevención y retribución (limitada por la culpabilidad) en la medición judicial, y resocialización en la ejecución. Pese a las críticas sobre una posible pérdida de cientificidad o arbitrariedad, el modelo de Roxin se erige como un sistema abierto que busca limitar el poder punitivo del Estado mediante fines sociales y racionales.
Palabras clave
Funcionalismo moderado, Claus Roxin, Bien jurídico, Imputación objetiva, Teoría del delito