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¿Normativismo Radical o Normativismo Moderado?

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Resumen

El texto aborda el funcionalismo moderado de Claus Roxin, una corriente del Derecho penal alemán que busca superar las limitaciones del causalismo y el finalismo mediante la integración de la política criminal en la dogmática penal. A diferencia del funcionalismo radical de Jakobs, Roxin mantiene la estructura tripartita del delito (tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad), pero redefine cada categoría bajo criterios de prevención y protección de bienes jurídicos. Para Roxin, el Derecho penal debe garantizar la coexistencia pacífica y limitar el poder punitivo del Estado, basándose en una concepción personal y empírica del bien jurídico que actúa como barrera crítica frente al legislador.

En la aplicación práctica, Roxin introduce la imputación objetiva en la tipicidad para filtrar riesgos irrelevantes y propone que la antijuridicidad funcione como una ponderación social de intereses. Finalmente, sustituye el concepto tradicional de culpabilidad por el de responsabilidad penal, donde la sanción no es una respuesta retributiva automática, sino que depende de la "necesidad de pena" desde una perspectiva de prevención especial y general. Así, la culpabilidad se establece como el límite máximo de la pena, pero no obliga a su imposición si razones preventivas sugieren lo contrario.

Palabras clave

Funcionalismo moderado, Política criminal, Claus Roxin, Bien jurídico, Imputación objetiva, Prevención

Cómo citar

Abanto Vásquez , M. A. (2008). ¿Normativismo Radical o Normativismo Moderado?. Revista Jurídica, (24), 187–256. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/440

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