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Solemnidades Sustanciales al Procedimiento Coactivo Tributario: Legal Intervención del Funcionario Ejecutor

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Resumen

Este texto analiza la estructura y legalidad del procedimiento administrativo de ejecución y la acción coactiva en el marco del Código Tributario ecuatoriano. El autor distingue el procedimiento de ejecución, que busca la recaudación paulatina tras la notificación del título de crédito, de la acción coactiva, que es la potestad coercitiva de la administración para exigir el pago de obligaciones vencidas. Para que esta ejecución sea válida, deben cumplirse rigurosamente las solemnidades sustanciales, siendo la más crítica la legal intervención del funcionario ejecutor.

El análisis subraya que la intervención del ejecutor debe evaluarse tanto en la forma como en el fondo. En la forma, es imperativo que el funcionario (generalmente el Tesorero o Director Financiero en administraciones seccionales) acredite su competencia mediante documentos públicos o delegaciones legales válidas. El autor critica errores comunes en municipalidades donde los alcaldes designan "jueces de coactiva" sin base legal, vulnerando la jerarquía establecida y provocando la nulidad de los procesos. En conclusión, la legitimidad de la coactiva depende de que el ejecutor actúe bajo una jurisdicción legalmente creada y que el título de crédito sea firme, garantizando así el derecho del contribuyente y la eficacia del recaudo estatal.

Palabras clave

Acción coactiva, Título de crédito, Solemnidades sustanciales, Auto de pago, Jurisdicción tributaria, Delegación de funciones

Cómo citar

Miranda Rivadeneira, J. D. (2010). Solemnidades Sustanciales al Procedimiento Coactivo Tributario: Legal Intervención del Funcionario Ejecutor. Revista Jurídica, (27), 267–273. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/506

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