La Acción de Visto Bueno Planteada por Trabajador frente a la Mora o Falta de Pago de Remuneración
Resumen
El texto analiza las obligaciones del empleador respecto al pago puntual y completo de la remuneración, la cual nunca debe ser inferior al salario mínimo legal o profesional. Se destaca que, ante el incumplimiento en el pago o la disminución indebida del sueldo, el trabajador puede solicitar un visto bueno, cuya concesión administrativa por parte del Inspector del Trabajo equivale legalmente a un despido intempestivo, generando el derecho a las indemnizaciones correspondientes. La Corte Suprema de Justicia ha ratificado que cualquier medida patronal que afecte indirectamente la remuneración (como cambios en territorios de venta o comisiones) justifica esta acción.
Un punto crítico señalado es la falta de seguridad jurídica, ya que las resoluciones de visto bueno no son definitivas y pueden ser revocadas en sede judicial, funcionando apenas como informes referenciales para los jueces. Además, se enfatiza la importancia de los roles de pago firmados, pues su ausencia genera una presunción de mora patronal. El autor advierte que, si un trabajador se retira por falta de pago sin tramitar previamente el visto bueno, podría ser acusado de abandono de trabajo, aunque existe jurisprudencia contradictoria al respecto. Finalmente, se recomienda a los empleadores consignar judicialmente los valores si el trabajador se niega a recibirlos, evitando así acusaciones de mora o enriquecimiento injusto.
Palabras clave
Despido Intempestivo, Mora Patronal, Remuneración, Indemnización Laboral, Jurisprudencia