Ir al menú de navegación principal Ir al contenido principal Ir al pie de página del sitio

El Copropietario de una Propiedad Horizontal que ejerza funciones de Presidente de la Junta Administrativa es Representante del Patrono ante las Demandas del Trabajador?

PDF

Resumen

El autor sostiene que el Presidente no ostenta dicha calidad, ya que sus funciones son de supervisión y no de dirección directa, control o fiscalización del personal, tareas que corresponden exclusivamente al administrador designado. Al no existir un contacto directo ni subordinación con los trabajadores, el Presidente carece de la representación legal necesaria para ser sujeto pasivo de reclamaciones indemnizatorias. El texto cita jurisprudencia de la Corte Suprema que, en una visión restrictiva, ha llegado a declarar improcedentes tales demandas argumentando que el condominio no constituye una empresa o unidad económica generadora de utilidades, sino una agrupación de bienes comunes. No obstante, el autor ofrece una postura crítica y humanista, señalando que, si bien no existe solidaridad entre copropietarios ni fines de lucro, la esencia del derecho laboral exige proteger al trabajador doméstico o de servicios del condominio, garantizándole beneficios sociales y estabilidad para asegurar el equilibrio y la justicia social, siempre que el nexo causal se establezca correctamente con el administrador como representante legal.

Palabras clave

Propiedad Horizontal, Representante del Patrono, Nexo Laboral, Administrador de Condominio, Responsabilidad Solidaria

Cómo citar

Guerrero Gallardo, H. A. (1991). El Copropietario de una Propiedad Horizontal que ejerza funciones de Presidente de la Junta Administrativa es Representante del Patrono ante las Demandas del Trabajador?. Revista Jurídica, (4), 87–90. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/61

Descargar cita

Artículos más leídos del mismo autor/a