Obligaciones y Cargas de las Partes Intervinientes en el Contrato de Seguros
Resumen
El contrato de seguros se define como un acuerdo bilateral y sinalagmático perfecto en el cual el asegurador se obliga a indemnizar daños o pagar un capital ante un evento incierto, a cambio del pago de una prima por parte del asegurado. Esta relación jurídica impone al asegurado deberes de conducta o "cargas", tanto legales como convencionales, cuyo cumplimiento es indispensable para preservar su derecho a la prestación. Una de las cargas más críticas durante la vigencia del contrato es el mantenimiento del estado de riesgo, la cual prohíbe alterar sustancialmente la intensidad del peligro asumido inicialmente por el asegurador. La doctrina y legislaciones latinoamericanas coinciden en que cualquier agravación del riesgo debe ser notificada oportunamente; de lo contrario, se aplican sanciones severas que varían según el país, incluyendo la caducidad del derecho, la nulidad o la rescisión ipso jure del contrato. Esta exigencia posee un sustento técnico-económico, ya que la prima se calcula en función de la probabilidad del siniestro, y una justificación jurídica, pues la variación del riesgo desnaturaliza el consentimiento prestado originalmente por el asegurador.
Palabras clave
Contrato de seguros, Sinalagmático, Estado de riesgo, Siniestro, Rescisión