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Una Propuesta Constitucional Indecorosa ¿Conviene Consagrar Constitucionalmente la Posibilidad de las Uniones de Hecho entre Personas de un Mismo Sexo?

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Resumen

El texto analiza el contexto político de Ecuador en 2007 previo a la Asamblea Constituyente, enfocándose en la propuesta del CONESUP de reformar el artículo 38 de la Constitución para sustituir los términos "hombre y mujer" por "seres humanos", legalizando así las uniones de personas del mismo sexo. El autor manifiesta una postura crítica frente a esta iniciativa, sosteniendo que, aunque el Estado debe garantizar la no discriminación y respetar las libertades individuales, no debe alterar los pilares fundamentales de la familia y el matrimonio. Argumenta que, desde las perspectivas jurídica, romana, biológica y religiosa, la familia es la célula básica de la sociedad y su fin esencial es la procreación y auxilio mutuo, metas que considera solo posibles mediante la unión de sujetos de distinto sexo. Finalmente, califica la propuesta de reforma como atentatoria contra la integridad de la institución familiar y la estabilidad moral del Estado, instando a los constituyentes a preservar el modelo tradicional de familia como núcleo generador del bienestar social.

Palabras clave

Asamblea Constituyente, Matrimonio, Unión de hecho, CONESUP, Procreación, Moral social, Identidad de género

Cómo citar

Alvear Icaza, J. (2007). Una Propuesta Constitucional Indecorosa ¿Conviene Consagrar Constitucionalmente la Posibilidad de las Uniones de Hecho entre Personas de un Mismo Sexo?. Revista Jurídica, (23), 257–261. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/403

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