Ir al menú de navegación principal Ir al contenido principal Ir al pie de página del sitio

Accidentes Deportivos y Derecho Penal

PDF

Resumen

El texto sostiene que los accidentes ocurridos en competencias deportivas no deben juzgarse bajo las normas ordinarias del Derecho Civil o Penal. Se define al accidente deportivo como el daño no intencional causado a un participante, árbitro o espectador durante un certamen lícito. Dado que el deporte implica una "superación de la actividad corriente" y un riesgo consentido, la doctrina mayoritaria (desde el Derecho Romano hasta autores modernos como Brebbia y Jiménez de Asúa) defiende la irresponsabilidad del deportista, siempre que se respeten las reglas del juego.

En el Ecuador, la Ley de Educación Física, Deportes y Recreación establece un marco normativo especial que reconoce al deporte como una actividad formativa y competitiva regida por reglamentos propios y normas internacionales. Jurídicamente, las lesiones o muertes en el deporte se consideran causas de justificación supralegal: el Estado autoriza y promueve el deporte por sus fines de salud y bienestar social, lo que "neutraliza" la antijuridicidad de los golpes o riesgos inherentes. La responsabilidad penal solo surgiría en casos de dolo o malicia (intención de dañar), violaciones graves y deliberadas al reglamento, o conductas que desnaturalicen la disciplina (como un golpe de puño en fútbol).

Palabras clave

Accidente Deportivo, Riesgo Permitido, Causa de Justificación, Dolo Deportivo, Derecho de Daños

Cómo citar

Hernández Terán, M. (1991). Accidentes Deportivos y Derecho Penal. Revista Jurídica, (3), 117–131. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/49

Descargar cita