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La verdad jurídica sobre la prisión por alimentos en el año 2010

PDF (Español (España))

Abstract

El texto analiza la naturaleza jurídica del impago de pensiones alimenticias en Ecuador, calificando como una aberración jurídica el uso del apremio personal (prisión) para una obligación que es estrictamente de responsabilidad civil y no penal. A través de un recorrido histórico, el autor señala que, aunque las Constituciones ecuatorianas han prohibido tradicionalmente la prisión por deudas, la excepción para alimentos resucitada en la Constitución de 1946 —y mantenida hasta la de Montecristi— contradice los principios fundamentales del Derecho, donde nadie debería ser privado de su libertad por obligaciones pecuniarias que no constituyen un delito tipificado en el Código Penal.

La crítica se intensifica al abordar la figura de los obligados subsidiarios (abuelos, tíos y hermanos), cuya prisión es descrita como una "idiotez colosal". El autor argumenta que esto vulnera el principio de personalidad de la pena, vigente desde el siglo XIX, el cual establece que ninguna sanción debe afectar a alguien distinto al culpado. Finalmente, se sostiene que el sistema judicial ecuatoriano opera bajo estereotipos y una interpretación errónea del "interés superior del niño" para justificar la privación de libertad por deudas civiles, diferenciándose de países como España, donde este impago sí está tipificado como una infracción criminal específica para poder justificar la cárcel.

Keywords

Apremio Personal, Responsabilidad Civil vs. Penal, Pensiones Alimenticias, Obligados Subsidiarios, Prisión por Deudas, Constitución de Montecristi

How to Cite

Romero Parducci, E. (2011). La verdad jurídica sobre la prisión por alimentos en el año 2010. Revista Jurídica, (29), 45–68. Retrieved from https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/526

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