La Agregación de Posesiones y otros temas relacionados con la Prescripción Adquisitiva de Dominio: Una consulta y su respuesta
Resumen
Este intercambio de correspondencia entre los doctores Héctor Romero Parducci y Roberto Gómez-Lince analiza la viabilidad jurídica de la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio mediante la agregación de posesiones. El caso presenta a "Beta" como poseedora material de un lote de 58 hectáreas desde 1999, entregado voluntariamente por "Alfa" (dueña original desde 1968), quien luego vendió el mismo predio a "Omega" en 2002. La consulta central radica en si "Beta" puede sumar los más de 30 años de posesión de su antecesor ("Alfa") a su propia posesión para cumplir el requisito de tiempo legal y reclamar la propiedad frente a "Omega".
En su respuesta, el Dr. Gómez-Lince confirma que el Código Civil ecuatoriano permite la accesión de posesiones, siempre que exista un vínculo jurídico entre el actual poseedor y el antecesor, y que la serie de posesiones sea continua e ininterrumpida. Al apropiarse de la posesión de "Alfa", "Beta" también asume sus calidades y vicios; dado que "Alfa" poseyó como dueña con título inscrito, esa calidad fortalece la pretensión de "Beta". En conclusión, bajo la figura de la agregación, "Beta" superaría los 15 años exigidos para la prescripción extraordinaria, pudiendo ejercer esta defensa tanto por vía de acción (demanda a "Omega") como por excepción (frente a una eventual acción reivindicatoria), consolidando así su derecho sobre el inmueble tras haber ejercido hechos positivos de señoría y dueño.
Palabras clave
Prescripción adquisitiva, Agregación de posesiones, Posesión material, Dominio, Vínculo jurídico, Acción reivindicatoria, Usucapión, Título traslaticio