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La contratación por vía electrónica

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Resumen

El texto analiza cómo el avance vertiginoso de la tecnología ha transformado las relaciones sociales y comerciales, permitiendo transacciones transfronterizas instantáneas. Sin embargo, esta contratación por vía electrónica enfrenta desafíos jurídicos críticos: la dificultad para reproducir documentos originales, el riesgo de alteraciones indetectables, la falta de fuerza probatoria y la incertidumbre sobre la autenticidad de la voluntad de las partes. Al carecer de un soporte físico tradicional, el "acto informático" se vuelve fugaz y vulnerable al fraude.

Para otorgar certeza y seguridad a este nuevo escenario, surge la necesidad del "Cybernotary" o ciber-notario: un jurista calificado que delegue la fe pública en el entorno digital. El autor sostiene que, aunque existen mecanismos como la firma electrónica y el cifrado asimétrico, estos no sustituyen la verificación de identidad humana, ya que las claves pueden ser usadas por terceros. Por ello, se propone la intervención del notario como un tercero imparcial que certifique la identidad de los otorgantes, la integridad de los datos transmitidos y la libertad del consentimiento. Instituciones internacionales ya trabajan en la estandarización de estas normas para que el Derecho evolucione al ritmo de la técnica, garantizando que los registros electrónicos tengan la misma validez y permanencia que los documentos físicos.

Palabras clave

Contratación electrónica, Cybernotary (Ciber-notario), Firma electrónica, Fe pública, Fuerza probatoria, Cifrado asimétrico, Derecho informático

Cómo citar

Murrieta, K. (1996). La contratación por vía electrónica. Revista Jurídica, (12), 41–49. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/204

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