Impugnación de un Peritaje que intenta modificar una Sentencia Ejecutoriada
Resumen
El Dr. Miguel Macías Hurtado, en representación del Chase Lincoln First Bank, denuncia ante el Juez las tácticas dilatorias empleadas por la parte demandada para evitar el cumplimiento de una sentencia ejecutoriada de la Corte Suprema. El punto medular del conflicto es la obligación de pago en dólares de los EE. UU., tanto del capital como de los intereses. El abogado impugna los informes periciales que, excediéndose en sus funciones técnicas, pretenden aplicar lucubraciones jurídicas para forzar el pago en sucres (moneda nacional de la época) basándose en conceptos erróneos de soberanía y poder liberatorio.
Macías Hurtado sostiene que una sentencia ejecutoriada es inamovible y no revisable, por lo que el perito debe limitarse al cálculo aritmético y el juez a ordenar su ejecución inmediata. Refuta el argumento de la contraparte sobre la prohibición de pactar en moneda extranjera, aclarando que dicha restricción es excepcional (específica para la Ley de Inquilinato) y que, por el contrario, la existencia de tal prohibición confirma que en el resto de los negocios jurídicos el uso del dólar es lícito y tiene poder cancelatorio. Finalmente, el procurador judicial advierte sobre la temeridad procesal de las ejecutadas y exige al juez que cese la dilación indebida de un proceso que suma más de un año en etapa de liquidación.
Palabras clave
Sentencia ejecutoriada, Liquidación de intereses, Moneda extranjera (Dólar), Poder liberatorio, Denegación de justicia, Procuración judicial, Ley de Inquilinato