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Cuestiones derivadas de los Juicios de Disolución de la Sociedad Conyugal

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Resumen

Este texto analiza la improcedencia de la reconvención y de los recursos apelatorios en el juicio de disolución de la sociedad conyugal dentro del sistema procesal civil ecuatoriano. El autor fundamenta su postura en la clasificación de los procesos según su modo de proceder y la magnitud de su contenido.

El resumen del argumento es el siguiente:

El sistema procesal ecuatoriano distingue entre juicios ordinarios (de amplia defensa), sumarios y sumarísimos (expeditivos). El juicio de disolución de la sociedad conyugal se clasifica como sumarísimo y de naturaleza particular, al limitarse al ejercicio de un derecho potestativo de los cónyuges para romper la sociedad de bienes. Por esta razón, la reconvención (contrademanda) es legalmente improcedente, ya que desnaturalizaría la celeridad del proceso al intentar introducir controversias propias de un juicio de inventario o liquidación, los cuales poseen etapas y recursos distintos. Asimismo, al ser un trámite de instancia única, la ley prohíbe expresamente la concesión de recursos como el de apelación. El autor concluye que permitir estas figuras procesales vulneraría la estructura del derecho de familia contemporáneo, el cual busca simplificar la ruptura del vínculo patrimonial sin afectar la posterior liquidación de la universalidad de bienes.

Palabras clave

Derecho Potestativo, Juicio Sumarísimo, Reconvención, Sociedad Conyugal, Única Instancia, Disolución vs. Liquidación

Cómo citar

García Feraud, G. (1991). Cuestiones derivadas de los Juicios de Disolución de la Sociedad Conyugal. Revista Jurídica, (4), 39–42. Recuperado a partir de https://juridica.ucsg.edu.ec/juridica/article/view/59

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